Transhumanismo y libertad procreativa: desafíos jurídicos
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Resumen
Entre los medios elegidos para el logro de los objetivos transhumanistas (TH) se encuentra el recurso a biotecnologías para incidir en la dotación genética de la descendencia. Ahora bien, el temor a una utilización desmesurada de las biotecnologías no puede significar una negación de los indudables avances para el bien de la vida humana que ellas han traído. Así, desde una perspectiva jurídica, es decisiva la cuestión de determinar los alcances de la libertad procreativa, es decir, cuáles son las opciones legítimas que pueden adoptarse en relación con la transmisión de la vida humana. Esta comunicación se propone analizar este interrogante y enunciar los desafíos jurídicos implicados en esta cuestión. En tal sentido, mientras algunos sostienen una libertad procreativa absoluta y sin límites, otras posturas tienden a anular la libertad procreativa y a obligar a los padres a buscar “el mejor hijo posible” (beneficencia procreativa). Entre esas dos visiones extremas, esta comunicación propone una libertad procreativa respetuosa de la originalidad de la transmisión de la vida y enraizada en una concepción ontológica de la dignidad. Por otra parte, para que esa libertad procreativa realice los bienes propiamente humanos, se enuncian seis tópicos que el derecho debe afrontar para responder a los desafíos del TH en esta dimensión vinculada con la procreación: a) el comienzo de la existencia de la persona; b) la inviolabilidad de la vida humana; c) los límites jurídicos que deben ponerse a las técnicas de procreación artificial y sus finalidades de uso; d) si es admisible o no el uso de gametos de terceros en esas técnicas; e) el problema del diagnóstico preimplantatorio; f) los alcances de la edición genética humana aplicada a la línea germinal y la distinción entre terapia y mejora (enhancement).
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